
Legislación Vigente sobre aborto
En cuanto a la Legislación sobre el aborto con la que cuenta España, ha estado vigente hasta el año 2010 la Ley del aborto procedente del año 1985 que restringía el derecho de la mujer a interrumpir su embarazo sólo en tres supuestos: riesgo grave para la salud física o psíquica de la mujer embarazada (supuesto terapéutico), violación (supuesto criminológico) y malformaciones o taras, físicas o psíquicas, en el feto (supuesto eugenésico). Las primeras cifras tras esta ley, publicadas por el Ministerio de Sanidad son de 16.766 abortos en 1987.
Con el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, en el año 2010, se estableció una nueva ley que derogaba la anterior y que es la que sigue vigente actualmente. Dicha ley pasó a garantizar las siguientes premisas: el aborto libre en las 14 primeras semanas; el aborto dentro de las 22 semanas si existe "grave riesgo para la vida o salud de la embarazada" o "riesgo de graves anomalías en el feto"; y el aborto en cualquier momento si se detectan "anomalías fetales incompatibles con la vida o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable".
Además, la ley también exige en su artículo 17 que cualquier mujer que quiera realizar una interrupción del embarazo: “recibirán información sobre los distintos métodos de interrupción del embarazo, las condiciones para la interrupción (..), los centros públicos y acreditados a los que se pueda dirigir y los trámites para acceder a la prestación, así como las condiciones par su cobertura por el servicio público de salud correspondiente”. Toda esta información deberá ser proporcionada por la Comunidad Autónoma, a cualquier mujer, o por los centros acreditados para la práctica del aborto en dicha comunidad.
En septiembre de 2015 la ley fue modificada en cuanto a los aspectos referidos a las menores de 16 y 17 años, que en un principio podían realizar una interrupción voluntaria del embarazo informando al menos a uno de sus padres/tutores legales y que en dicho año, con el Partido Popular (PP) en el gobierno, se modificó con respecto a las menores. De esta manera, actualmente, las menores de 18 años deben contar con el consentimiento, la presencia y firma de un documento legal de permiso de sus padres para abortar.